Inicio de sesión
logo gov

Opciones de Accesibilidad

Con el objetivo de facilitar la navegación y acceso a la información en este portal web a personas con dificultades visuales, se habilitaron las siguientes opciones:

Aumento de Fuente

Alto Contraste

Ayudas

Descargar eSSENTIAL Accessibility Diferentes herramientas que facilitan la navegacion.

Descargar CONVERTIC Descarga gratuitamente de la pagina de MINTIC un lector de Pantalla y un magnificador de imágenes.

Teclas de Acceso

  • ALT + i = Información del Municipio
  • ALT + t = Trámites y servicios
  • ALT + l = Pagos en línea
  • ALT + q = PQRD
  • ALT + n = Noticias
  • ALT + a = Transparencia y acceso a la información pública

Para hacer uso de los accesskey en Internet Explorer deberá:

  • Pulsar la tecla Alt
  • Pulsar el número o letra adecuada
  • Soltar la tecla Alt y el número
  • pulsar la tecla Enter y soltar

Para hacer uso de los accesskey en Google Crome deberá:

  • Pulsar la tecla Alt
  • Pulsar el número o letra adecuada

Para hacer uso de los accesskey en Mozilla y Safary deberá:

  • Pulsar la tecla Alt
  • Pulsar la tecla Shift
  • Pulsar el número o letra adecuada

CONSEJO DE JUVENTUDES



¿QUÉ SON LOS CONSEJOS DE JUVENTUD?

Mecanismos autónomos de participación y concertación, vigilancia y control de la gestión pública.nterlocutores de los y las jóvenes en relación con las agendas territoriales de las juventudes ante la institucionalidad pública de cada ente territorial. ( ART 33 ).

¿CUÁLES SON SUS OBJETIVOS?
Canalizar los acuerdos de los y las jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos.Visibilización de sus potencialidades y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional. Generar propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional. ( ART 33 ).

ASPECTOS IMPORTANTES DE LOS CONSEJOS DE JUVENTUD A NIVEL LOCAL Y NACIONAL
Los Consejos Municipales estarán integrados por jóvenes independientes, de procesos y prácticas organizativas de las juventudes formalmente

constituidos, y de juventudes de los partidos políticos, que serán elegidos mediante voto popular.

 PARA VOTAR LA ELECCIÓN DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES DE JUVENTUD CÓMO Y CUÁNDO
Deberá realizarse, a más tardar, dentro de los dos años siguientes a la promulgación de la presente Ley 1885 del 1 de marzo de 2018 en el horario de 8am a 4pm.

Para ello, la Registraduría Nacional del Estado Civil, fijará el día de realización de la elección unificada de los Consejos Municipales, Distritales y Locales de Juventud, la elección no podrá coincidir con otra jornada electoral.
Tomarán posesión los consejeros dentro de los tres meses siguientes a la elección y en adelante la elección y posesión será cada cuatro (4) años. ( ART 52 ).

QUIENES PUEDEN VOTAR Y QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITAN 
Si tienes de 14 a 17 años puedes votar con tarjeta de identidad.
Si tienes de 18 a 28 años puedes votar con cédula Contraseña para los jóvenes que hayan solicitado la cédula por primera vez ( ART 44 ).

¡¡¡ QUIERO SER CANDIDATO!!! ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

En una lista presentada por los jóvenes independientes. 
En una lista presentada por un movimiento o partido político con personería jurídica.

En el caso que hagas parte de los procesos y prácticas organizativas juveniles, son estas las que te deben postular Presenta ante la respectiva Registraduría tu propuesta de trabajo, que indique de lineamientos que quieres seguir como Consejero de Juventud.

Recuerda que debes tener entre 14 y 28 años, presenta copia de tu registro civil, tarjeta de identidad o cédula. Cuenta donde vives y demuestra que participas activamente en tu comunidad con trabajos sociales, educativos o laborales, todo esto en el territorio al cual quieres representar, hazlo con una declaración juramentada ante una Notaría.

IMPORTANTE

LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A LOS CONSEJOS MUNICIPALES, DISTRITALES Y LOCALES DE JUVENTUD SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE LISTAS ÚNICAS Y CERRADAS ANTE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. ( ART 46 ) EL NÚMERO DE CANDIDATOS INSCRITOS EN CADA LISTA PRESENTADA NO PODRÁ EXCEDER EL NÚMERO DE CURULES A PROVEER. EL PERÍODO DE INSCRIPCIÓN DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS INICIARÁ CUATRO MESES ANTES DE LA RESPECTIVA ELECCIÓN Y DURARÁ UN MES.
RECUERDA PARA SIMIJACA PUEDES INSCRIBIRTE CON UNA LISTA DE  8 CANDIDATOS.


  • Portal de alcaldes y gobernadores de Colombia
  • Sirvo a mi País
  • No más filas
  • Gobierno en línea
  • Colombia Compra Eficiente
  • No al Hurto de Celulares
  • Ventanilla única de Registro
  • SISBÉN
  • Hora legal en Colombia
  • MinTIC
  • Ejército Nacional de Colombia
  • Policía Nacional
  • Sistema para la información de la calidad
  • SIMIT
  • LEXBASE
  • Gobernación de Antioquia
  • 1cero1 S.A.S.
  • Bancolombia

Volver arriba