Objetivo General
Avanzar en el desarrollo integral de Simijaca a través de la dinamización de las actividades sociales, económicas, ambientales, educativas, políticas y culturales que permitan optimizar la calidad de vida de las y los habitantes mediante la prestación de mejores servicios sociales y públicos domiciliarios, la efectividad en la gestión del riesgo, el impulso a los sectores productivos y económicos, la adquisición de salud integral para todos, la articulación de la población vulnerable a la vida social y económica con dignidad, el fortalecimiento de la educación de calidad, la construcción de capacidades en el ciclo de vida, el reconocimiento y fortalecimiento socio ambiental del territorio y la ampliación de escenarios deportivos, recreativos y culturales en el marco de los derechos humanos.
Funciones
FUNCIONES DEL DESPACHO DEL ALCALDE. Corresponde al despacho del alcalde, en representación de la máxima dependencia a cargo de la dirección estratégica del municipio, las siguientes funciones:
- Dirigir controlar y evaluar la acción administrativa del municipio en concordancia con los principios de la función administrativa.
- Diseñar, implementar, ejecutar y evaluar el proceso de control interno del municipio de acuerdo con la normatividad vigente en la materia.
- Diseñar, en coordinación con las dependencias encargadas del tema, proyectos de decreto que sean competencia de la administración central del municipio, con el fin de que sean firmados y ejecutados por parte del Alcalde municipal.
- Aprobar los proyectos de acuerdo que serán presentados al concejo municipal de acuerdo con las metas establecidas en el plan de desarrollo.
- Elaborar informes ejecutivos que sirvan como mecanismo para rendir cuentas sobre la gestión administrativa, a las autoridades que ejercen control político y a la ciudadanía en general.
- Tomar decisiones pertinentes en materia de orden público, en concordancia con las recomendaciones de la secretaría de gobierno, la inspección de policía y las fuerzas armadas.
- Expedir las licencias, permisos, autorizaciones, certificados y/o conceptos cuando en la normatividad existente se le haya asignado la competencia a la administración central del municipio.
- Ejercer la inspección vigilancia y control de todas las entidades descentralizadas del municipio.
- Servir de segunda instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de los servidores públicos del nivel central del municipio.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO. Será una dependencia encargada de apoyar y asesorar a la Administración en el establecimiento y mejoramiento del modelo estándar de control interno MECI. Sus funciones principales son: - Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno.
- Verificar la aplicación de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y racionalización del gasto, entre otras, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gestión.
- Realizar seguimiento al Plan anticorrupción y de atención al ciudadano por lo menos 3 veces al año.
- Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo de la Constitución Política y la ley diseñen las entidades correspondientes.
- Asesorar y verificar estratégicamente, la efectividad de los procesos y procedimientos misionales y de apoyo para que su aplicación conduzca al logro de los objetivos institucionales en cada área o nivel, comunicando las recomendaciones pertinentes.
- Fomentar en la Alcaldía la formación de una cultura de control basada en la Autorregulación y las relaciones de confianza que contribuyan al mejoramiento en el cumplimiento de la misión de la Alcaldía.
- Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Alcaldía, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la Institución.
- Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias de la administración municipal, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores para evaluar la gestión y proponer las medidas preventivas y/o correctivas del caso.
- Elaborar y mantener actualizados los manuales de procesos y procedimientos, y verifica por su adecuada implantación.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA. La oficina asesora jurídica del municipio será la dependencia encargada de coordinar y dirigir todas las actividades jurídicas del municipio y tendrá las siguientes funciones:
- Garantizar, Administrar y evaluar el proceso de contratación del municipio de acuerdo a la normatividad vigente en la materia .
- Revisar que los proyectos de actos administrativos que emiten las diferentes dependencias se ajusten a la constitución y la ley.
- Defender
judicialmente al municipio en los procesos adelantados en su contra.
- Adelantar procesos judiciales cuando el municipio necesite defender sus derechos.
- Revisar que los documentos aportados por los ciudadanos y exigidos por la administración, para la expedición de licencias y certificaciones se ajusten a la constitución y la ley.
- Revisar
que los proyectos de convenios y asociaciones propuestos por el Alcalde se
ajusten a la constitución y la ley.
- Garantizar el principio de publicidad de todos los planes, programas, proyectos, y actos administrativos de carácter general y particular expedidos por el municipio.
- Diseñar operar y controlar una política de gestión documental en concordancia con la normatividad vigente en la materia.
- Servir de primera instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de los servidores públicos del nivel central del municipio.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO. Son funciones de la secretaría de General y de Gobierno, las siguientes:
- Formular las políticas, planes y programas de desarrollo administrativo de servicios que requiera el Municipio.
- Garantizar y defender el orden público a través de instrucciones dadas a la inspección de policía. De igual manera se debe evaluar los posibles riesgos y amenazas en materia de orden público con el fin de informarlos de manera oportuna al alcalde municipal o a las autoridades competentes.
- Identificar, caracterizar, operar y evaluar el proceso de la gestión del talento humano de acuerdo con la normatividad vigente y en concordancia con las especificidades contextuales.
- Garantizar y administrar el adecuado funcionamiento de una comisaría de familia que tenga como propósito resolver los conflictos intrafamiliares y propender por la defensa de los derechos fundamentales; en especial los de los menores de edad.
- Garantizar a través de las atribuciones otorgadas por el alcalde, el adecuado establecimiento de las relaciones intergubernamentales, esto es, servir como unidad mediadora y representativa entre la administración central municipal y el concejo municipal, la administración central municipal y el departamento y, por último, entre la administración central municipal y la nación.
- Presentar y defender ante el concejo municipal los proyectos de acuerdo que han sido aprobados para tal propósito por la dependencia del despacho del alcalde.
- Supervisar
y/o realizar la interventoría a los contratos o convenios que celebre el
municipio para el desarrollo de las actividades de promoción de la salud,
prevención de la enfermedad, contenido en el Plan de Salud Territorial y en el
plan de intervenciones colectivas
- Administrar
y distribuir los recursos del Sistema General de Participaciones que se le
asignen para el mantenimiento y mejoramiento de la calidad.
- Coordinar con la Secretaría de Planeación e Infraestructura y/o la Secretaría de Hacienda la elaboración del plan anual de compras, en el cual se incorporarán los programas de cada una de las dependencias.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA COMISARIA DE FAMILIA. Creada dentro del marco normativo establecido por la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y de la Adolescencia y el Decreto Reglamentario 4840 de 2007, modificada por la Ley 2126 de 2021.Sus funciones son:
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de quienes estén en riesgo o hayan sido víctimas de la violencia establecida en el artículo 5º de la ley 2126 de 2021.
- Orientar
a las personas en riesgo o víctimas de las violencias a que hace referencia la
Ley 2126 de 2021, sobre sus derechos y obligaciones.
- Brindar atención especializada conforme a los principios rectores de la ley 2126 de 2021 y demás parámetros constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos y erradicación de las violencias en el contexto familiar, en especial las violencias por razones de género y la violencia contra niños, niñas y adolescentes, y personas adultas mayores.
- Recibir solicitudes de protección en casos de violencia en el contexto familiar.
- Garantizar el archivo, custodia y administración de la información generada en virtud de sus funciones.
- Activar la ruta de atención integral de las víctimas en el contexto familiar.
- Divulgar los derechos y rutas de atención de las personas usuarias.
- Las demás funciones asignadas expresamente por la Ley, siempre y cuando tengan estrecha relación con su objeto misional y se les garanticen las condiciones técnicas y presupuestales para su cabal cumplimiento.
- Establecer y difundir las políticas, rutas y actividades que promuevan la prevención de la violencia en el contexto familiar, en coordinación con las administraciones distritales y municipales, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Salud, la Policía Nacional y la Defensoría del Pueblo.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE POLICÍA. Las funciones de esta dependencia, y que son responsabilidad de los funcionarios correspondientes son:Solucionar, proteger, restablecer y reparar los derechos de quienes estén en riesgo los conflictos que se presenten dentro de los miembros de la comunidad teniendo como objetivo la conciliación.
- Solucionar, proteger, restablecer y reparar los derechos de quienes estén en riesgo los conflictos que se presenten dentro de los miembros de la comunidad teniendo como objetivo la conciliación.
- Practicar diligencias policivas de lanzamiento por ocupación de hecho, perturbación a la posesión, perturbación a la servidumbre, amparo al domicilio, demolición de obras por amenaza de ruina, recuperación del espacio público, cierre de establecimiento.
- Recepcionar denuncias por amenazas y dar el trámite a las mismas.
- Proteger a los habitantes de la jurisdicción Municipal en sus libertades y los derechos que de ésta se derivan, por los medios y procedimientos establecidos en la Constitución, leyes, decretos, ordenanzas y acuerdos; así como proteger los derechos de los consumidores a través de la vigilancia y cumplimiento de las normas sobre la materia.
- Colaborar con el alcalde en la conservación del orden público interno y emprender las campañas de seguridad con el apoyo de la fuerza pública.
- Tramitar las querellas y denuncias presentadas por los ciudadanos y realizar las investigaciones pertinentes de acuerdo con la ley.
- Hacer cumplir las disposiciones de los Códigos Nacional y Departamental de Policía y las normas municipales sobre la materia.
- Conocer y fallar sobre las contravenciones de policía atribuidas por las normas legales.
- Hacer cumplir los reglamentos y normas que sobre precios en general establezca la Superintendencia de Industria y Comercio y la Administración Municipal.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. Son funciones de la Secretaría de hacienda y finanzas públicas, las siguientes:
- Diseñar e implementar políticas en torno al proceso de tributación del municipio, estableciendo en concordancia con el estatuto tributario, las bases gravables, los descuentos y los tiempos estipulados para el cobro. La secretaria de hacienda y finanzas públicas, en todo caso, será la responsable del proceso de recaudo de los ingresos corrientes del municipio.
- Dirigir la elaboración del Presupuesto General del Municipio y elaborar Decreto de Liquidación de conformidad con los procedimientos definidos en el estatuto de presupuesto municipal y en el Decreto 111 de 1996, o las normas que lo complementen o adicionen.
- Preparar los proyectos de acuerdo o decreto de adición o traslados presupuestales, así como los necesarios para constituir reservas, y autorización de vigencias futuras, de acuerdo con el Marco fiscal de mediano plazo.
- Garantizar que la información financiera, contable y presupuestal de la entidad, se registre, procese y revele con criterios de exactitud, confiabilidad y bajo las técnicas contables generalmente aceptadas.
- Llevar el control sobre los pagos hechos por los contribuyentes y ejercer, de acuerdo con la delegación correspondiente, la jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de los impuestos municipales.
- Coordinar con las otras dependencias las actividades necesarias para que el municipio participe de otras rentas o se haga merecedor de alguna operación de crédito externo.
- Diseñar, operar y evaluar los procesos relacionados con gestión presupuestal, gestión contable, gestión de tesorería, y gestión de recaudo y cartera.
- Dirigir y coordinar el recaudo, administración de impuestos, tasas, rentas, contribuciones, servicios, participaciones y multas municipales, con el fin de mejorar el perfil financiero del municipio.
- Presentar los informes de ejecución presupuestal, de estado sobre la deuda pública y los estados financieros, con la periodicidad y en la forma que exijan las normas y/o cuando sean expresamente solicitados por los organismos de control.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN E INFRAESTRUCTURA.
- Garantizar la elaboración del plan de desarrollo municipal, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia y, en especial, dando una especial prioridad a la participación de los habitantes del territorio. Corresponde además a la oficina, llevar un control riguroso acerca del cumplimiento de las metas a través de los indicadores propuestos en el plan.
- Elaborar estudios técnicos que tengan como propósito propuestas de ordenación del territorio de acuerdo con las necesidades socioeconómicas de los habitantes del municipio.
- Realizar estudios técnicos que tengan como propósito realizar actualizaciones catastrales.
- Diseñar operar y evaluar el proceso de estratificación del municipio de acuerdo con la metodología de estratificación socioeconómica vigente.
- Diseñar, formular y presentar ante las autoridades competentes, proyectos de desarrollo acordes al plan de desarrollo municipal y nacional. La oficina será la encargada de implementar y administrar el banco de proyectos del municipio.
- Planear y proponer al alcalde municipal convenios y asociaciones de naturaleza público – privadas o eminentemente público estatales necesarias o pertinentes para garantizar y mejorar el desarrollo municipal y, en especial, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes.
- Diseñar políticas planes y programas de gestión de riesgo en concordancia con la normatividad vigente en la materia
- Elaborar y analizar indicadores de gestión que permitan controlar y evaluar constantemente la gestión del municipio.
- Diseñar operar y evaluar un proceso que tenga como propósito la implementación de las tecnologías de la información y la comunicación, teniendo en cuenta, como especial prioridad, facilitar los canales de comunicación entre los habitantes del municipio y la administración central.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Dependencia que está a cargo de la oficina del Planeación del Municipio y se encarga de administrar los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, se rige por los parámetros que ordena la ley 142 de 1994 y sus decretos reglamentarios, está vigilada por la Superintendencia de Servicios Públicos.
- Adoptar normas y procedimientos para la operación y mantenimiento de los sistemas de acueducto, alcantarillado y aseo.
- Organizar los sistemas de registro y control de suscriptores, consumos, corte, conexiones y sanciones.
- Establecer un adecuado sistema de facturación y recaudo de los ingresos por concepto de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en forma independiente de otros servicios a cargo del municipio.
- Procurar la prestación eficiente de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
- Coadyuvar en la sostenibilidad económica y ambiental en la prestación de los servicios a su cargo.
- Adelantar la ejecución de programas para la recuperación de las fuentes de agua y velar por su cumplimento.
- Colaborar en la gestión comercial para la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, con respecto a costos, tarifas, consumo, facturación y atención al usuario.
- Procurar una adecuada aplicación de los recursos necesarios para la prestación eficiente de los servicios a su cargo.
- Manejar los recursos físicos y humanos necesarios para la prestación eficiente de los servicios a su cargo.
- 10. Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL. Son funciones de la Secretaría de Desarrollo Social, las siguientes:
- Desarrollar e implementar políticas públicas orientadas al restablecimiento de derechos de los grupos poblacionales, buscando mayores y mejores condiciones de participación, equidad e inclusión social en el marco de la corresponsabilidad.
- Articular y coordinar con entidades de carácter público y privado la gestión intersectorial e Interinstitucional en la ejecución de programas y proyectos sociales dirigidos a la promoción, prevención, mitigación y superación del riesgo social de los grupos poblacionales.
- Servir de enlace municipal a los programas sociales implementados por el nivel nacional, departamental y municipal (más familias en acción, Colombia mayor, programa día, victimas, mujer cabeza de familia, infancia y adolescencia entre otros)
- Formular estrategias y acciones en favor de las niñas y los niños para lograr un desarrollo integral, sostenible y equitativo desde la perspectiva de los derechos.
- Generar una base de información y de vigilancia de la niñez, a partir del intercambio de los diferentes actores ligados a ella, aportando investigaciones, experiencias y programas que sirvan de base para el direccionamiento de políticas y planes de acción en el municipio.
- Promover y organizar programas y acciones tendientes a garantizar el incremento de los índices de desarrollo social y humano en la juventud, infancia, mujer, adulto mayor y familia.
- Diseñar, implementar y ejecutar programas y proyectos de desarrollo social dirigidos a la población vulnerable (Tercera edad, mujer, niñez, juventud, población en situación de discapacidad, desplazada, reinsertada, incluyendo las etnias).
- Concertar con las diversas instituciones públicas y privadas que trabajan y que puedan trabajar en programas y proyectos específicos de rehabilitación para personas que sufran cualquier tipo de limitación física, mental o sensorial.
- Brindar apoyo y orientación a la población en situación de desplazamiento sobre sus derechos como sujeto de especial protección por parte del Estado, una vez sea incluido en el Registro Único de Población Desplazada - RUPD -, y acerca de la responsabilidad que éste adquiere frente a la construcción de iniciativas y propuestas que le permitan retomar su proyecto de vida.
- Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en su territorio, así como realizar los trámites correspondientes a la renovación o reconocimiento de clubes deportivos, clubes promotores y clubes pertenecientes a entidades no deportivas.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y AGROPECUARIO. Son funciones de la Secretaría de Desarrollo Económico y Agropecuario, las siguientes:
- Diseñar e implementar programas de desarrollo económico y agropecuario que contribuyan al mejoramiento de los ingresos y el nivel de vida de los productores del municipio, teniendo en cuenta el plan de desarrollo municipal y el plan de desarrollo nacional.
- Gestionar la consecución de los recursos para la cofinanciación de la construcción, rehabilitación y optimización de distritos de pequeña irrigación en áreas de economía campesina del municipio.
- Promover la capacitación y organización de las comunidades para las ejecuciones de programas y proyectos de desarrollo agropecuario.
- Coordinar las acciones tendientes a divulgar a las comunidades rurales, poblaciones en general, las capacitaciones, obras, acciones, encuentros y trabajos ejecutados, coordinados y cogestionados por el municipio.
- Apoyar los procesos de organización comunitaria y acompañamiento a comunidades de campesinos, en el desarrollo de actividades agropecuarias.
- Propiciar las condiciones que permitan la unión, cooperación e integración de regiones, empresas, personas jurídicas y/o agentes que intervengan en procesos productivos y comerciales del sector agropecuario, mediante el mecanismo de alianzas estratégicas.
- Dotar al municipio de un sistema de información comercial de precios y volúmenes para el sector agropecuario con el fin de suministrar información rápida, oportuna y confiable que permita la definición de estrategias para la integración de las cadenas productivas y de comercializaciones regionales y nacionales a todos los agentes de la cadena productiva agropecuaria del municipio.
- Impulsar, difundir y promover la utilización de tecnologías limpias y sostenibles en el desarrollo de los procesos de producción agropecuaria, pesquera y agroforestal.
- Formular y adelantar proyectos de investigación agrícola y pecuaria con el fin de apoyar los procesos productivos del sector en la jurisdicción.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN MEDIO AMBIENTAL.
- Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables; elaborar los planes programas y proyectos ambientales municipales articulados a los planes, programas y proyectos regionales, departamentales y nacionales.
- Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio;
- Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables, que hayan sido discutidos y aprobadas a nivel regional, conforme a las normas de planificación ambiental de que trata la ley 99 de 1993.
- Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables a nivel departamental.
- Colaborar con la Corporación Autónoma Regional, en la elaboración de los planes regionales y en la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarias para la conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables;
- Ejercer, a través del alcalde como primera autoridad de policía con el apoyo de la Policía Nacional y en Coordinación con las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental (SINA), con sujeción a la distribución legal de competencias, funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de vigilar el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materia ambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano;
- Coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporación Autónoma Regional, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales que se realicen en el territorio del municipio o distrito con el apoyo de la fuerza pública, en relación con la movilización, procesamiento, uso, aprovechamiento y comercialización de los recursos naturales renovables o con actividades contaminantes y degradantes de las aguas, el aire o el suelo;
- Ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por vertimientos del municipio, así como programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos y de control a las emisiones contaminantes del aire.
- Promover, cofinanciar o ejecutar, en coordinación con los entes directores y organismos ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras y con la Corporación Autónoma Regional, obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua, para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencas y microcuencas hidrográficas.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN
Consejo de gobierno: Tiene por objeto servir de organismo superior de consulta del gobierno municipal, para armonizar y determinar las prioridades del curso de acción de la administración, resolver problemas de gestión y evaluar el cumplimiento del programa de gobierno del alcalde.
Su composición es la siguiente:
- El Alcalde quien lo preside.
- El jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces
- El secretario de despacho de la Secretaría General y de Gobierno
- El secretario de despacho de la Secretaría de Planeación e Infraestructura
- El jefe de la Unidad de Servicios Públicos
- El secretario de despacho de la Secretaría de Desarrollo Social.
- El secretario de despacho de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas.
- El secretario de despacho de la Secretaría de Desarrollo Económico y Agropecuario.
- El director técnico Medio Ambiental
Son funciones del Consejo de Gobierno, las siguientes:
- Asistir al alcalde en la conducción administrativa, asignando prioridades a los compromisos derivados del cumplimiento del programa de gobierno y del plan de desarrollo.
- Analizar y resolver problemas relevantes de gestión para que la acción administrativa fluya adecuadamente.
- Evaluar los resultados de la gestión realizada y proponer los ajustes que se consideren pertinentes.
- Analizar y conceptuar sobre los diferentes asuntos que el alcalde someta a consideración.
- Estudiar y proponer sobre las modificaciones que se deban hacer al presupuesto municipal de cada vigencia fiscal.